Para tal efecto, la referida ley ha derogado el artículo 7º de la Ley Nº 29628, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2011, artículo que precisamente prorrogó el porcentaje del IGV en un 17% hasta el 31 de diciembre de 2011.
Debe recordarse que para efectos prácticos, la tasa que se aplicará a partir del 1 de marzo de 2011 será del 18%, en vista que a la tasa del IGV (16%) deberá agregársele el 2% por el Impuesto de Promoción Municipal (2%).
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